El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad laboral y empresarial que el lunes 27 de febrero “Día de la Independencia Nacional” no se cambia y por lo tanto no se labora.
Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el martes 28.
La celebración de esta fecha, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos a nivel nacional.