Un grupo de miembros y dirigentes del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD), encabezados por su fundador, líder histórico y presidente ad-vitam, José González Espinosa, depositaron en la mañana de hoy ante la Junta Central Electoral (JCE) y, por su intermedio, ante todas las Juntas Electorales del país, una formal oposición a la admisión de propuestas de candidaturas del PTD a puestos de elección popular del nivel municipal para las elecciones del próximo 16 de febrero de 2020.
El abogado Eduardo Ramos Elías, explicó que conforme certificación del secretario general de la Junta Central Electoral (JCE), el depósito de reservas de candidaturas fue realizado ante ese órgano electoral el 10 de octubre de 2019 bajo la firma del presidente, del secretario general de organización y del presidente de la Comisión Nacional Electoral del PTD, quienes decidieron unilateralmente y fuera de plazo cuáles candidaturas se reservarían para ser elegidas por ellos, y para la suscripción de pactos de alianzas o coaliciones.
Explicó que a tenor de las disposiciones y plazos establecidos en los artículos 55, 57 y 58 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el Comité Político del PTD es el único órgano que puede decidir, reunido válidamente, sobre las reservas de candidaturas, por lo menos 30 días antes del inicio de la precampaña. Señaló que el partido también estaba obligado a hacer de público conocimiento las candidaturas reservadas, y a comunicar por escrito a la JCE al menos 15 días antes del inicio de la precampaña todas las candidaturas que fuera objeto de reserva, es decir, el 22 de junio de 2019.
Ramos Elías sostuvo que “ante la ausencia de una reserva de candidaturas con validez legal, todas las candidaturas del PTD, en todos los niveles de elección, desde los aspirantes a vocales de distrito municipales hasta los candidatos a senadores, tenían que someterse a los procesos convencionales electorales territoriales del partido, como señalan claramente los estatutos y el reglamento electoral del partido”.
Agregó que todas las candidaturas del partido debían ser elegidas mediante las respectivas convenciones electorales provinciales, municipales, del exterior y de distritos municipales, como establecen los artículos 109 y 110 de los estatutos del partido, y el Reglamento para el funcionamiento de la Comisión Nacional Electoral del partido y las Convenciones, las cuales no han sido convocadas ni se han reunido a tales fines.
“La proclamación por parte de los nuevos peledeístas de una serie de candidatos del nivel municipal, como por ejemplo, de Johnny Ventura, carece del más mínimo sustento legal, y estamos seguros de que no será admitida por las juntas electorales ninguna candidatura contraria a la ley y a las normas intrapartidarias”, señaló el jurista.