El Tribunal Supremo de Casación de Bulgaria ha fallado que las personas transexuales no pueden cambiar su sexo en el registro civil, argumentando que no hay ninguna ley explícita al respecto y que la Constitución señala que el sexo es un componente determinado biológicamente y no modificable.
«La ley actual no prevé la posibilidad de que el tribunal permita el cambio de los datos relativos al sexo, nombre y número civil uniforme en los actos del estado civil de un solicitante que afirme ser (persona) trans», señala el tribunal en su fallo, publicado hoy en su página web.
Esta decisión se fundamenta en una sentencia de 2021 en la que el Tribunal Constitucional dictaminó que la Carta Magna y toda la legislación búlgara «se basan en la comprensión de la existencia binaria de la especie humana» y establece que el género, masculino o femenino, se determina con el nacimiento y está vinculado sólo al sexo biológico.
Esta sentencia cierra la puerta a la interpretación más liberal que hacían algunos jueces y que asumían que la legislación permite el cambio legal de sexo cuando había pruebas claras de que era necesario.
Otros magistrados han opinado lo contrario, y Bulgaria ha sido condenada varias veces por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo por falta de una regulación clara en esta materia. EFE