Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ratificó este jueves la resolución sobre transmisión y divulgación de resultados electorales en las Elecciones Municipales del próximo 16 de febrero, la cual rechaza el recurso de revisión interpuesto por el partido Fuerza del Pueblo y declara inadmisibles los recursos interpuestos por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Fuerza Nacional Progresista (FNP) y Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC).
La resolución declara inadmisibles por extemporáneos los recursos interpuestos por los partidos PRM, FNP y PQDC, recibidos en fecha 4 de febrero de 2020, porque fueron notificados fuera del plazo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No.15-19 del 18 de febrero de 2019.
La entidad electoral explicó ademas que respecto al recurso interpuesto por el partido Fuerza del Pueblo, fue rechazado en cuanto al fondo “en virtud de que se mantienen incólumes los motivos y las razones legales que dieron origen a la Resolución No.14-2020 de fecha 30 de enero de 2020, dictada por el Pleno de la Junta Central Electoral”.
El partido la Fuerza del Pueblo (FP) interpuso por ante el órgano electoral un recurso de revisión contra la resolución 14-20. La instancia la depositó Manuel Crespo, delegado político de la organización política, quien alegó que el método que se aprobó pone en riesgo la diafanidad y transparencia del proceso, al no tomar en cuenta que existe la posibilidad de que al ejecutar esa modalidad existan electores ejerciendo su sufragio.
La Resolución se encuentra firmada por el Presidente del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), Magistrado Julio César Castaños Guzmán, y por los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, así como del doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, Secretario General.