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La justicia mexicana aprueba el derecho al aborto inmediato a partir de los 12 años en casos de violencia sexual

Los procedimientos de interrupción del embarazo que sean solicitados por las víctimas de violación sexual, deberán ser practicados de forma inmediata, segura, confidencial y gratuita.

La Suprema Corte de Justicia de México (SCJM) dio este martes su visto bueno a la modificación de una normativa legal que permitirá a las niñas y adolescentes de más de 12 años de edad practicarse un aborto, en caso de haber sido sido víctimas de violencia sexual, aun sin la autorización de sus padres o tutores, como se requería anteriormente.

Las menores podrán solicitar la interrupción de su embarazo en los hospitales públicos del país, procedimiento que las autoridades sanitarias deben gestionar de forma inmediata, sin obstáculos, de manera legal, segura, confidencial y gratuita, siempre y cuando las víctimas de violación hagan una declaración jurada.

En el caso de niñas menores de 12 años, la petición sí la deberán hacer los padres o algún representante.

La Corte detalló que las modificaciones a la norma se ajustan «al principio de buena fe que emana de la Ley General de Víctimas», la cual dictamina que las autoridades no «criminalizarán o responsabilizarán» a las personas afectadas, cuestión «indispensable para evitar la revictimización de las mujeres y personas gestantes», así como también para que no haya «una mayor injerencia en aspectos de índole personal e íntima de su vida privada».

«En todo caso, ese reconocimiento descansa en su derecho de disfrutar del más alto nivel posible de salud, en función del principio de desarrollo progresivo, por lo que tienen la posibilidad de decidir someterse a intervenciones y tratamientos médicos, sin permiso de un padre y/o madre o tutor», describe la Corte en respuesta a las demandas de las autoridades federativas de los estados de Aguas Calientes y de Baja California.

«Ninguna niña puede ser obligada a ser madre»

Por su parte, el presidente de la SCJM, Arturo Zaldívar, señaló en la sesión que «obligar a las mujeres o niñas a llevar a término el embarazo derivado de una violación, implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad, además de ser revictimizante y una forma de violencia de género».

«En estos casos, el Estado no solo no debe obstaculizar ni mucho menos criminalizar el aborto, sino que tiene la obligación de adoptar medidas que garanticen el acceso a la interrupción del embarazo en condiciones dignas, adecuadas e igualitarias y con la prontitud que amerita tomar la decisión en este tipo de eventos», añadió.

Zaldívar resaltó que en los casos de violación, «ninguna niña puede ser obligada a ser madre, ni por el Estado ni por sus padres, madres o tutores», pues entonces «la transgresión a sus derechos es más grave, no solo por su calidad de víctimas sino por cuestión de su edad, que obliga a analizar la cuestión desde la perspectiva del interés superior de las personas menores de edad».

Otro punto a tomar en cuenta, dijo Zaldívar, es que las mujeres menores de 20 años tienen el doble de probabilidades de morir por complicaciones del embarazo y del parto, que son «la principal causa de muerte en las adolescentes en la mayoría de los países en vías de desarrollo».

Además, señaló que los efectos negativos del embarazo en adolescentes, considerado como un problema de salud pública, «trascienden a sus hijas e hijos, quienes registran mayor mortalidad y morbilidad infantil».

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