Santo Domingo. – El presidente Luis Abinader ha emitido un decreto que regula la aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a los servicios digitales proporcionados por proveedores internacionales y consumidos dentro del país.
Esta normativa, publicada en la Gaceta Oficial, entrará en vigor en julio de 2025.
El ITBIS se aplicará a todos los servicios digitales consumidos en territorio dominicano, incluyendo plataformas de streaming de video y música como Netflix, Spotify y Disney+.
Además, la regulación impactará a servicios de publicidad en línea y redes sociales, como Facebook Ads y Google Ads, plataformas de intermediación como Uber y Airbnb, servicios de almacenamiento en la nube y software como servicio (SaaS), y la venta de productos digitales como libros electrónicos, cursos en línea y videojuegos.
Los proveedores de servicios digitales no domiciliados ni residentes en el país tendrán la obligación de registrarse como contribuyentes ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y actuar como agentes de percepción del ITBIS.
Deberán declarar y pagar el ITBIS mensualmente a través de una plataforma virtual habilitada por la DGII, y proporcionar detalles sobre sus operaciones dentro del país cuando sean requeridos por las autoridades fiscales.
La DGII también podrá realizar auditorías para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de estos proveedores.
El objetivo principal de esta medida es mejorar la eficiencia en la recaudación fiscal, reducir la evasión tributaria y garantizar la igualdad tributaria entre los negocios tradicionales y el comercio digital.
Esta estrategia también responde a las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que aboga por que los servicios digitales sean gravados en el país donde se consumen.