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TSE suspende juramentación de Trajano Potentini en Colegio de Abogados


Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral invalida las acciones tomadas por la comisión electoral del Colegio de Abogados de la República Dominicana, en lo que respecta a los resultados de las pasadas elecciones.

Medidas adoptadas

PRIMERO: ESCOGE como presidente del presente Consejo Nacional del Colegio de Abogado a la señora Eva García y como secretaria a la señora Viviana Roger Vega, para dirigir la agenda y trabajo del presente consejo, en virtud de la negativa el presidente de convocarlo a pesar de haber sido intimado.

SEGUNDO: SUSPENDE en sus funciones a la Comisión Nacional Electoral del Colegio de Abogados de la República Dominicana, a sus miembros titulares y suplentes, así como a la secretaria Cristal Perdomo, por los argumentos precedentemente indicados en el presente documento en virtud de las violaciones legales y estatutarias, comprobadas por este consejo; a tal efecto, a partir de la presente resolución, de manera inmediata, quedan suspendidos los señores: Ydelfonso Brito Rosario​​​, Miguel Encarnación de la Rosa, Luís Yepez Suncar, Ignacio Rojas ​​, Brayan Jackson ​​, Omar García Castillo, Robinson Rodriguez, Pedro Solano Batista ​​yRony R. Mata ​​​​​

TERCERO: Suspende la juramentación de TRAJANO VIDAL POTENTINI como presidente del CARD, por este no haber sido electo bajo los preceptos de la ley 3-19, los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados.

CUARTO: SUSPENDE al Lic. Miguel Surun Hernández, en sus funciones de presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, por violaciones a la ley 3-19 y a los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

QUINTO: SUSPENDE a la señora Josefina Batista, en sus funciones de primera vicepresidenta del Colegio de Abogados de la República Dominicana, por violaciones a la ley 3-19 y a los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

SEXTO: SUSPENDE al Lic. Juan Pérez Roa, en sus funciones de segundo vicepresidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, por violaciones a la ley 3-19 y a los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

SEPTIMO: SUSPENDE a la señora Selena Mercedes, en sus funciones de secretaria general del Colegio de Abogados de la República Dominicana, por violaciones a la ley 3-19 y a los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

OCTAVO: SUSPENDE a la señora Elsa Alvarado, en sus funciones de tesorera del Colegio de Abogados de la República Dominicana, por violaciones a la ley 3-19 y a los Estatutos y reglamentos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

NOVENO: SOLICITA Y AUTORIZA al Mayor General Ramón Antonio Guzmán Peralta, director general de la Policía Nacional, a que resguarde y preservar los bienes y propiedades de CARD, prohibiendo la entrada de cualquier persona a todas las instalaciones, principalmente las ubicadas:
a) C/ Isabel la Católica # 60, esq. Calle Conde Ciudad Colonial, Distrito Nacional.
b) Ave. Bolívar núm. 9, Gascue, Distrito Nacional.
c) C/ San Juan Bautista de la Salle No. 139, Urb. Atala, Santo Domingo, Distrito Nacional.
d) Y en todos los locales donde operen las seccionales a nivel nacional.

DÉCIMO: HACE FORMAL OPOSICIÓN al Banco de Reservas, Banco Popular Dominicano, a la Tesorería Nacional, Procuraduría General de la República, los ayuntamientos o alcaldías, a la Suprema Corte de Justicia y a los demás bancos del sistema financiero, a que se abstengan de entregar los fondos del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

DÉCIMO PRIMERO: AUTORIZA a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana a realizar auditorías de los últimos ocho (8) años de gestión del Colegio de Abogados de la República Dominicana CARD.”

A los mismos requerimientos, mis requirentes les notifican a mis requeridos, que en virtud de la resolución anteriormente señalada, QUEDAN INMEDIATAMENTE SUSPENDIDOS DE SUS RESPECTIVAS FUNCIONES, por lo que le advierte mis requerido que se abstengan de realizar cualquier actuación utilizando la calidad de las funciones de las han sido suspendidos, y que de no obtemperar al presente requerimiento, estaría utilizando falsa calidad o usurpación de funciones, según proceda, por lo que comprometen sus responsabilidad penal y civil.

Esta medida fue a solicitud del ex candidato a la presidencia de dicho gremio, Diego García quien se vuelve a desmarcar de una supuesta alianza, de carácter ilegal, con la que la comisión electoral pretendía darle la victoria a Potentini.

Se recuerda que el pasado 2 de diciembre se celebraron las elecciones en el gremio.

Este fallo judicial, entre otras puntos, ordena la suspensión de los efectos jurídicos de la juramentación pautada para hoy Viernes 29 de Diciembre por la Aparente Violación de los Derechos Fundamentales alegados por varios precedentes del Tribunal Constitucional y otras cortes dominicanas.

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