La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el martes el proyecto de ‘Ley Orgánica de Inteligencia’, una herramienta que, según han defendido los legisladores oficialistas, busca hacer frente al crimen organizado y anticipar amenazas y riesgos que afecten a la seguridad del Estado; no obstante ha generado controversias en el país.
La normativa recibió 77 votos a favor, que vinieron del bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN), de algunos asambleístas del indigenista partido Pachakutik e independientes.
Durante la sesión, Inés Alarcón, asambleísta de ADN, ponente del informe y presidenta de la Comisión de Seguridad Integral, defendió el proyecto. «Esta es una ley conectada con la realidad que vive el país y que resalta la importancia de la obtención de información oportuna y eficaz para evitar que se materialicen hechos terroristas en territorio nacional», manifestó, citada en nota de prensa del Parlamento.

Con la aprobación de esta normativa, Ecuador contará «por primera vez» con un Sistema Nacional de Inteligencia y siete subsistemas integrados a nivel policial, militar, de análisis financiero y económico, de la Casa Militar Presidencial, tributario nacional, aduanero, penitenciario y de rehabilitación social y, las demás que disponga el presidente del país, Daniel Noboa.
Las dudas
La normativa ha generado dudas en algunos sectores del país. Desde la bancada de la Revolución Ciudadana (RC), que votó en contra del proyecto —excepto el legislador David Arias, que fue expulsado por ello—, ya habían advertido que la ley contiene artículos que implican «espionaje, vulneración de datos personales, filtración legalizada» y que «expone a las y los ciudadanos».
La asambleísta Victoria Desintonio (RC) dijo que «la seguridad del Estado no puede convertirse en excusa para vulnerar la intimidad de la ciudadanía». En ese sentido, indicó algunos puntos claves de la normativa, como que «permite interceptar comunicaciones y acceder a datos personales sin orden judicial».
La ley, según recoge Radio Pichincha que tuvo acceso al documento, establece que la máxima autoridad del Sistema Nacional de Inteligencia podrá solicitar la retención, apertura, interceptación o examinación de documentos o comunicaciones.

También se menciona que los operadores de servicios de telecomunicaciones están obligados a proporcionar al Sistema Nacional de Inteligencia la información requerida para el desarrollo de actividades y operaciones de inteligencia y contrainteligencia. Eso incluye datos históricos y en tiempo real de comunicaciones y conexiones de los abonados telefónicos, información técnica, informática, de telecomunicaciones digitales, la localización de las celdas donde se encuentren las terminales, y cualquier otro registro que facilite su identificación y localización; aunque se deja claro que se limitará la solicitud a un período máximo de cinco años.
El Sistema Nacional de Inteligencia también podrá solicitar la entrega y actualización permanente de las bases de datos e información a entidades públicas, por razones de seguridad integral del Estado, con el fin de identificar y alertar sobre riesgos y amenazas.
Otra cuestión que aborda la ley es que el Sistema Nacional de Inteligencia dispondrá de un fondo permanente de gastos especiales asignados para las operaciones, «cuyo uso no se someterá a las normas previstas en la ley que regla el sistema nacional de contratación pública». Se establece que el Contralor General del Estado tendrá la potestad exclusiva de control sobre esos gastos, sin que ninguna otra entidad o institución pueda intervenir en la fiscalización de estos recursos o requerir información correspondiente; además, se le da a este funcionario la potestad de incinerar la documentación.

La normativa también contempla que los servidores públicos que desarrollan operaciones de inteligencia y contrainteligencia recibirán documentos con nueva identidad, con el fin de proteger su vida; esa identificación falsa solo la deberán usar en el ejercicio de sus funciones.
«Poderes omnímodos»
Para el abogado y analista político Mauro Andino, con la aprobación de esta normativa, el Parlamento legaliza el espionaje «como instrumento de persecución, chantaje y hostigamiento político«.
«La máxima autoridad del sistema de inteligencia -designada por el presidente- tendrá poderes omnímodos para espiar, recopilar y capturar información e interceptar comunicaciones y mensajes, acceder a la lista de abonados y a los registros telefónicos. También podrá exigir a las instituciones públicas las bases de datos que dispongan. Todo esto sin la autorización de un juez», explicó.
«Hasta acá llegó tu derecho a la privacidad», expresó, por su parte, la legisladora Jahiren Noriega, también de la RC; a quien se sumó el asambleísta Xavier Lasso, quien señaló que esta ley «plantea un espionaje sin ningún tipo de control» y, además, «implica un retroceso de derechos porque vulnera la privacidad de los ecuatorianos».
Fuente RT